igualdad

Día 13 de Adviento 2024: el falso testimonio en las encíclicas vaticanas

El tema del falso testimonio aparece en las encíclicas de varios Papas, relacionado con la verdad, la justicia y la dignidad humana. Aunque no suele tratarse como un tema central, se menciona en el contexto de la moralidad cristiana, la ética social y la construcción de relaciones auténticas dentro de la comunidad humana. A continuación, algunos puntos clave sobre cómo se aborda el falso testimonio en las encíclicas papales:

1. Encíclica Veritatis Splendor (1993) de San Juan Pablo II

En esta encíclica, dedicada a la verdad y la moralidad, San Juan Pablo II reflexiona sobre la importancia de la verdad en la vida cristiana:

  • Se condena el falso testimonio como una violación del mandamiento «No darás falso testimonio contra tu prójimo» (Éxodo 20:16), subrayando que este acto daña tanto la relación con Dios como con los demás.
  • La verdad es vista como un bien esencial para la vida comunitaria y un reflejo del carácter de Dios, quien es la Verdad misma.

2. Encíclica Caritas in Veritate (2009) de Benedicto XVI

En esta encíclica sobre el desarrollo humano integral, el Papa Benedicto XVI resalta la importancia de la verdad como fundamento de la justicia y el amor:

  • El falso testimonio se menciona implícitamente como una distorsión de la verdad que destruye la confianza y corrompe la justicia social.
  • Benedicto XVI destaca que toda forma de comunicación debe basarse en la verdad, ya que el desarrollo humano integral requiere transparencia y autenticidad.

3. Encíclica Fratelli Tutti (2020) del Papa Francisco

En su encíclica sobre la fraternidad y la amistad social, el Papa Francisco menciona la necesidad de construir una sociedad basada en la verdad y la honestidad:

  • Aunque no menciona directamente el falso testimonio, condena las mentiras y las noticias falsas (fake news), que destruyen la confianza entre las personas y las comunidades.
  • Señala que el compromiso con la verdad es esencial para la reconciliación, el diálogo y la construcción de una sociedad justa.

4. El falso testimonio en el contexto de la justicia

En general, las encíclicas papales subrayan que el falso testimonio:

  • Es una violación de la dignidad humana, ya que utiliza el lenguaje para manipular y engañar.
  • Es un acto que rompe la cohesión social, especialmente cuando se da en contextos legales o judiciales.
  • Es una falta grave contra la caridad, ya que puede destruir la reputación y el bienestar de las personas.

Conclusión

Las encíclicas de los Papas denuncian el falso testimonio como un acto contrario a la verdad, la justicia y la caridad. Aunque su tratamiento varía según el contexto, todas subrayan la importancia de vivir en la verdad como una expresión de la relación con Dios y con el prójimo. Este enfoque refleja la enseñanza bíblica y el Catecismo de la Iglesia Católica, que consideran el falso testimonio un pecado grave y un obstáculo para la construcción de una sociedad basada en el amor y la justicia.

Día 11 de Adviento 2024: la perspectiva de género en el Nuevo Testamento

La perspectiva de género en el Nuevo Testamento es un tema que invita a un análisis cuidadoso y matizado, dado el contexto cultural y social de la época en que fue escrito. Aunque los textos reflejan las normas patriarcales del siglo I, también presentan enseñanzas que han sido interpretadas como revolucionarias en términos de igualdad, dignidad y el valor intrínseco de hombres y mujeres.

1. Igualdad espiritual entre hombres y mujeres

El Nuevo Testamento subraya la igualdad espiritual entre hombres y mujeres en Cristo:

Gálatas 3:28:
"Ya no hay judío ni griego; no hay esclavo ni libre; no hay hombre ni mujer, porque todos vosotros sois uno en Cristo Jesús."

Este pasaje establece que en el ámbito espiritual no hay distinción de género, raza o estatus social, enfatizando la unidad y la igualdad de todos los creyentes.

2. Jesús y las mujeres

El ministerio de Jesús es notable por la forma en que interactuó con las mujeres, desafiando las normas sociales de su tiempo:

  • La mujer samaritana (Juan 4:7-30):
    Jesús habla con una mujer samaritana, algo inusual dada la discriminación entre judíos y samaritanos y las normas que limitaban las interacciones públicas entre hombres y mujeres. Además, le confía profundas verdades espirituales, mostrando que las mujeres también son receptoras del mensaje de salvación.
  • La mujer sorprendida en adulterio (Juan 8:1-11):
    Jesús protege a una mujer acusada de adulterio de ser apedreada, mostrando misericordia y desafiando la hipocresía de quienes la juzgaban.
  • Mujeres como testigos de la resurrección (Mateo 28:1-10):
    Las mujeres fueron las primeras en ver al Jesús resucitado y en recibir el encargo de anunciar la noticia, un hecho significativo en una cultura donde el testimonio de las mujeres era considerado menos confiable.

3. El papel de las mujeres en la iglesia primitiva

El Nuevo Testamento muestra a varias mujeres desempeñando roles importantes en la comunidad cristiana:

  • Febe (Romanos 16:1-2):
    Es mencionada como diaconisa de la iglesia en Cencrea y es encomendada por Pablo, lo que sugiere que ocupaba un rol de liderazgo.
  • Priscila (Hechos 18:24-26):
    Junto con su esposo Aquila, enseñó a Apolos, un líder cristiano, sobre el evangelio. Priscila es mencionada en varios pasajes, a veces incluso antes que su esposo, lo que podría indicar su prominencia en el ministerio.
  • Junia (Romanos 16:7):
    Es descrita como «notable entre los apóstoles,» un título que ha llevado a debates sobre el papel de las mujeres en el liderazgo apostólico.

4. Pasajes controversiales

Algunos textos del Nuevo Testamento han sido considerados restrictivos hacia las mujeres, y su interpretación varía ampliamente:

1 Corintios 14:34-35:
"Las mujeres callen en las congregaciones, porque no les es permitido hablar; sino que estén sujetas, como también la ley lo dice."

Este pasaje ha sido interpretado en su contexto cultural, donde el orden en la iglesia primitiva era importante. Otros sugieren que refleja normas locales y no principios universales.

1 Timoteo 2:11-12:
"La mujer aprenda en silencio, con toda sujeción. Porque no permito a la mujer enseñar, ni ejercer dominio sobre el hombre, sino estar en silencio."

Este texto también genera debate, con interpretaciones que van desde una regla contextual hasta un principio aplicable universalmente.

5. Perspectivas modernas sobre género en el Nuevo Testamento

En la teología contemporánea, se han desarrollado enfoques para interpretar el Nuevo Testamento desde una perspectiva de género:

  1. Feminismo teológico: Examina cómo las enseñanzas de Jesús y las cartas paulinas pueden ser vistas como liberadoras para las mujeres en su contexto histórico.
  2. Relectura contextual: Considera las normas culturales de la época y busca aplicar los principios subyacentes (amor, justicia e igualdad) a las realidades modernas.
  3. Roles complementarios vs. igualdad total: Algunos cristianos interpretan los roles de género como complementarios pero igualmente valiosos, mientras que otros abogan por la igualdad total en liderazgo y participación en la iglesia.

Conclusión

El Nuevo Testamento, aunque reflejo de una sociedad patriarcal, contiene principios que han inspirado movimientos hacia la igualdad y el reconocimiento de la dignidad de hombres y mujeres. La interacción de Jesús con las mujeres, los roles destacados de figuras femeninas en la iglesia primitiva y los principios espirituales de unidad e igualdad en Cristo ofrecen una base sólida para promover una perspectiva inclusiva y respetuosa en el cristianismo moderno.

Día 9 de Adviento 2024: los abuelos

En el Nuevo Testamento, aunque no hay menciones explícitas y detalladas sobre los abuelos, se pueden extraer principios y reflexiones sobre su papel y su importancia a partir de la tradición judía y las enseñanzas cristianas que enfatizan el valor de la familia y la transmisión de la fe.

1. La transmisión de la fe a través de las generaciones

Un ejemplo significativo en el Nuevo Testamento es el de Loida y Eunice, la abuela y madre de Timoteo, respectivamente. Ellas son destacadas por su influencia espiritual en la vida de Timoteo:

2 Timoteo 1:5: 
"Trayendo a la memoria la fe no fingida que hay en ti, la cual habitó primero en tu abuela Loida y en tu madre Eunice, y estoy seguro que en ti también."

Esto resalta el papel crucial de los abuelos en transmitir la fe a las generaciones siguientes, sirviendo como un puente espiritual y moral.

2. El respeto por los ancianos

El Nuevo Testamento refleja la continuidad del respeto hacia los ancianos, que también incluye a los abuelos:

1 Timoteo 5:1-2: 
"No reprendas al anciano, sino exhórtale como a padre; a los más jóvenes, como a hermanos; a las ancianas, como a madres."

Esto muestra un llamado a honrar y cuidar a las generaciones mayores, incluyendo a los abuelos, reconociendo su experiencia y sabiduría.

3. El rol en la familia ampliada

En el contexto cultural del primer siglo, los abuelos eran parte integral de la familia extendida. La estructura patriarcal de la sociedad judía y grecorromana colocaba a los mayores en una posición de autoridad y guía, y los abuelos a menudo vivían cerca o en el mismo hogar que sus hijos y nietos. Este entorno fomentaba la educación intergeneracional, donde los abuelos jugaban un papel esencial.

4. Principios aplicables del Nuevo Testamento

Aunque los abuelos no se mencionan frecuentemente, los principios generales sobre el cuidado de los mayores y la importancia de la enseñanza familiar pueden extenderse a ellos:

a) Honrar a los mayores:

Efesios 6:2-3: 
"Honra a tu padre y a tu madre, que es el primer mandamiento con promesa; para que te vaya bien y seas de larga vida sobre la tierra."

Este mandamiento incluye a los mayores en general, reconociendo su valor dentro de la familia.

b) La importancia de la instrucción:

Proverbios 17:6 (en el contexto bíblico general):
"Corona de los ancianos son los hijos de los hijos, y la gloria de los hijos son sus padres."

Aunque del Antiguo Testamento, este principio continúa vigente y valora la relación intergeneracional.

c) Cuidado de los mayores:

1 Timoteo 5:8: 
"Porque si alguno no provee para los suyos, y mayormente para los de su casa, ha negado la fe y es peor que un incrédulo."

Esto incluye la responsabilidad hacia los abuelos, asegurando su bienestar en la vejez.

5. Lecciones para hoy

1. Transmisión de la fe:

Los abuelos tienen un papel significativo en influir espiritualmente en sus nietos, como lo hicieron Loida y Eunice.

2. Cuidado y respeto:

La familia cristiana está llamada a honrar y cuidar a sus mayores como expresión de fe.

3. Ejemplo de vida:

Los abuelos pueden modelar sabiduría, paciencia y fidelidad, dejando un legado para las futuras generaciones.

ConclusiónAunque no hay una atención extensa a los abuelos en el Nuevo Testamento, el papel de los mayores como guardianes de la fe y su dignidad dentro de la familia son valores implícitos en las enseñanzas cristianas. Su influencia espiritual y su conexión con las generaciones más jóvenes reflejan un diseño de Dios para la comunidad familiar.

Día 8 de Adviento 2024: los jueces y las juezas injustos

El concepto del juez injusto en el Nuevo Testamento aparece de manera prominente en la parábola del juez injusto y la viuda persistente, narrada por Jesús en Lucas 18:1-8. Este pasaje aborda temas como la justicia, la persistencia en la oración y la naturaleza de Dios como juez justo.

1. La parábola del juez injusto

El texto (Lucas 18:1-8): Jesús contó una parábola sobre un juez que no temía a Dios ni respetaba a los hombres. En la misma ciudad, una viuda persistía en pedirle justicia contra su adversario. Aunque al principio el juez no quería ayudarla, finalmente accedió debido a su insistencia:

Versículo clave: 
"Y el juez dijo: Aunque ni temo a Dios, ni respeto a hombre, sin embargo, porque esta viuda me es molesta, le haré justicia, no sea que viniendo de continuo, me agote la paciencia." (Lucas 18:4-5)

Jesús utiliza este relato para contrastar la injusticia del juez con la justicia y bondad de Dios, que escucha las oraciones de su pueblo.

2. Lecciones de la parábola

a) Persistencia en la oración:

Jesús introduce la parábola diciendo que los discípulos deben orar siempre y no desmayar (Lucas 18:1). La viuda simboliza a los creyentes que claman continuamente a Dios.

b) Contraste entre el juez y Dios:

El juez injusto actúa por egoísmo, mientras que Dios, como juez justo, responde por amor a su pueblo:

Lucas 18:7: 
"¿Y acaso Dios no hará justicia a sus escogidos, que claman a Él día y noche? ¿Se tardará en responderles?"

c) La promesa de justicia:

La parábola asegura que Dios hará justicia pronto, aunque también plantea el desafío de mantener la fe hasta su regreso (Lucas 18:8).

3. El simbolismo del juez injusto

El juez injusto representa a las autoridades humanas que carecen de principios morales y solo actúan por conveniencia personal. Sin embargo, también sirve para ilustrar un punto: si incluso un juez corrupto puede responder al clamor persistente, cuánto más lo hará un Dios justo y misericordioso.

4. Contexto histórico: los jueces en el mundo antiguo

En la época de Jesús, los jueces locales eran figuras de autoridad encargadas de resolver disputas legales y sociales. En algunos casos, eran conocidos por ser corruptos, favoreciendo a quienes les ofrecían sobornos o beneficios. Esto hace que el ejemplo del «juez injusto» sea relevante y reconocible para los oyentes de Jesús.

5. Aplicaciones prácticas

a) La justicia divina prevalece:

La parábola recuerda a los creyentes que, aunque la justicia terrenal puede ser corrupta, Dios es un juez perfecto que actuará en favor de los suyos.

b) Fe persistente:

La viuda es un ejemplo de fe activa que no se rinde ante las dificultades. Esto anima a los creyentes a perseverar en la oración, confiando en que Dios responderá.

c) Advertencia a los jueces humanos:

El juez injusto también puede servir como una advertencia para quienes tienen autoridad: deben ejercerla con integridad y respeto por la justicia.

6. Relación con otros temas del Nuevo Testamento

El tema de la justicia es recurrente en el Nuevo Testamento:

Dios como juez justo: 
"Porque el Señor es justo y ama la justicia; los rectos verán su rostro."(Salmo 11:7, citado en el NT).

Jesús como juez final: Jesús es presentado como el juez supremo en el día del juicio, garantizando justicia para todos (2 Timoteo 4:1).

La parábola del juez injusto es una enseñanza profunda sobre la persistencia en la fe, la naturaleza de Dios y la certeza de que la justicia divina prevalecerá. Aunque en el mundo humano puede haber jueces corruptos, los creyentes pueden confiar en que Dios actuará con rectitud y amor en su momento perfecto.

Día 6 de Adviento 2024: la vanidad y el egocentrismo

El Nuevo Testamento aborda de manera directa y firme la vanidad y el egocentrismo, considerándolos como actitudes contrarias al espíritu del evangelio. Estas conductas se ven como manifestaciones de orgullo, autosuficiencia y falta de humildad, elementos que obstaculizan una relación genuina con Dios y con los demás.

A través de las enseñanzas de Jesús y los apóstoles, el Nuevo Testamento exhorta a los creyentes a adoptar una vida centrada en la humildad, el servicio y el amor.

1. La vanidad y el egocentrismo según Jesús

a) La crítica a la búsqueda de reconocimiento público: Jesús reprende a aquellos que realizan obras religiosas para ganar la aprobación de los demás.

Mateo 6:1-2:   
"Guardaos de hacer vuestra justicia delante de los hombres, para ser vistos por ellos; de otra manera, no tendréis recompensa de vuestro Padre que está en los cielos. Cuando, pues, des limosna, no hagas tocar trompeta delante de ti, como hacen los hipócritas en las sinagogas y en las calles, para ser alabados por los hombres."

Aquí, Jesús enseña que la vanidad en las obras espirituales despoja de su verdadero valor, pues busca la gloria personal en lugar de honrar a Dios.

b) La enseñanza sobre la humildad: Jesús destaca la humildad como una virtud esencial para quienes desean seguirlo.

Mateo 23:11-12: 
"El que es el mayor de vosotros sea vuestro siervo. Porque el que se enaltece será humillado, y el que se humilla será enaltecido."

Jesús invierte las normas sociales de su tiempo, exaltando la humildad y el servicio sobre el orgullo y el poder.

c) La parábola del fariseo y el publicano:

Lucas 18:9-14:  "A unos que confiaban en sí mismos como justos, y menospreciaban a los otros, dijo también esta parábola: Dos hombres subieron al templo a orar: uno era fariseo, y el otro publicano. El fariseo, puesto en pie, oraba consigo mismo de esta manera: Dios, te doy gracias porque no soy como los otros hombres, ladrones, injustos, adúlteros, ni aun como este publicano; ayuno dos veces a la semana, doy diezmos de todo lo que gano. Mas el publicano, estando lejos, no quería ni aun alzar los ojos al cielo, sino que se golpeaba el pecho, diciendo: Dios, sé propicio a mí, pecador. Os digo que este descendió a su casa justificado antes que el otro; porque cualquiera que se enaltece, será humillado; y el que se humilla será enaltecido."

En esta parábola, Jesús ilustra cómo el fariseo se jacta de su justicia ante Dios, mientras que el publicano, consciente de su pecado, se humilla. La enseñanza resalta que Dios favorece la humildad sobre la autosuficiencia egocéntrica.

2. La vanidad y el egocentrismo según los apóstoles

a) Pablo:

Pablo escribe con frecuencia sobre el peligro de la vanidad y la importancia de la humildad.

Filipenses 2:3-4: 
"Nada hagáis por contienda o por vanagloria; antes bien, con humildad, estimando cada uno a los demás como superiores a sí mismo; no mirando cada uno por lo suyo propio, sino cada cual también por lo de los otros."

Este pasaje es una exhortación clara contra el egocentrismo y una invitación a imitar la actitud humilde de Cristo.

Gálatas 6:3: 
"Porque el que se cree ser algo, no siendo nada, a sí mismo se engaña."

Pablo advierte contra el orgullo engañoso que lleva a una valoración distorsionada de uno mismo.

b) Santiago:

Santiago 4:6: 
"Dios resiste a los soberbios, y da gracia a los humildes."

Santiago refuerza la enseñanza de que la arrogancia y la vanidad son barreras para recibir la gracia de Dios.

3. El contraste entre la vanidad y el llamado cristiano

a) La vida centrada en Cristo:

El Nuevo Testamento llama a los creyentes a vivir una vida centrada en Cristo, no en sí mismos.

Gálatas 2:20: "Con Cristo estoy juntamente crucificado, y ya no vivo yo, mas vive Cristo en mí."

Esta afirmación refleja un abandono del egocentrismo en favor de una vida dedicada a Cristo.

b) El amor como antídoto al egoísmo: El amor cristiano se presenta como el opuesto al egocentrismo, pues busca el bienestar de los demás.

1 Corintios 13:4-5: 
"El amor es sufrido, es benigno; el amor no tiene envidia, el amor no es jactancioso, no se envanece; no hace nada indebido, no busca lo suyo."

Este pasaje muestra cómo el verdadero amor elimina la vanidad y el egoísmo.

4. Reflexiones prácticas:

Evitar la vanidad y el egocentrismo.

Practicar la humildad: Reconocer que todo lo que tenemos proviene de Dios y usarlo para su gloria y el servicio a los demás.

Buscar la aprobación divina: En lugar de preocuparse por la opinión de los demás, enfocar la vida en agradar a Dios.

Servir a los demás: Seguir el ejemplo de Cristo, quien vino a servir y no a ser servido (Mateo 20:28).

El Nuevo Testamento denuncia la vanidad y el egocentrismo como actitudes contrarias al espíritu del evangelio. En su lugar, promueve la humildad, el servicio y una vida centrada en Cristo. Estas enseñanzas no solo transforman las relaciones con Dios, sino también con los demás, permitiendo una vida más auténtica y significativa.

Día 5 de Adviento 2024: la custodia compartida en el Nuevo Testamento

Las estructuras familiares de la época abordadas en el Nuevo Testamento (NT) eran distintas a las actuales, no por ello, la cultura judía y grecorromana del siglo I, dejan de ser de aplicación en la actualidad, eso sí, no recogida textualmente como custodia compartida. El NT ofrece principios que pueden aplicarse para reflexionar sobre cuestiones de crianza, relaciones familiares y responsabilidad compartida en el cuidado de los hijos, como normas de aplicación universal, en todo tiempo y lugar, como Derecho Natural.

  • La centralidad de los hijos en la familia

El NT valora a los niños y subraya la importancia de cuidarlos y criarlos en un entorno que fomente su desarrollo espiritual, emocional y físico.

Efesios 6:4:
"Y vosotros, padres, no provoquéis la ira a vuestros hijos, sino criadlos en disciplina y amonestación del Señor".

Este versículo enfatiza la responsabilidad de ambos padres (padre y madre) para guiar a sus hijos de manera amorosa y disciplinada, sugiriendo que la crianza es una tarea compartida.

Mateo 18:5-6:
"Y cualquiera que reciba en mi nombre a un niño como este, a mí me recibe. Y cualquiera que haga tropezar a alguno de estos pequeños que creen en mí, mejor le fuera que se le colgase al cuello una piedra de molino".

Jesús subraya la importancia de cuidar de los niños con responsabilidad y de no causarles daño, ya sea físico, emocional o espiritual.

  • Los principios de justicia y responsabilidad compartida:

Aunque el NT no menciona de forma específica «la custodia compartida», promueve principios que guían las relaciones familiares en situaciones de separación o conflicto:

El amor mutuo como base:
"Ama a tu prójimo como a ti mismo." (Mateo 22:39).

Este mandamiento puede aplicarse a las relaciones entre padres separados, enfatizando el bienestar de los hijos como una prioridad.

La reconciliación y el perdón:
"Si es posible, en cuanto dependa de vosotros, estad en paz con todos los hombres." (Romanos 12:18).

Aunque el divorcio o la separación a veces es inevitable, el NT insta a los creyentes a buscar la paz y la reconciliación cuando sea posible, especialmente por el bien de los hijos.

  • El rol de ambos padres en la crianza

En la cultura del NT, los padres tenían roles claramente definidos, y ambos eran considerados responsables del bienestar de los hijos. La madre desempeñaba un papel crucial en la crianza diaria, mientras que el padre era el encargado de la instrucción espiritual y de su protección.

2 Timoteo 1:5:
Pablo menciona la fe de Timoteo, que primero habitó en su abuela Loida y su madre Eunice, lo que destaca la influencia compartida de los miembros de la familia en la formación de un hijo.

A partir de los principios universales del NT, se derivan algunos postulados sobre cómo abordar la custodia compartida en un contexto moderno:

  • Priorizar el bienestar de los hijos: los padres deben esforzarse por crear un entorno saludable donde los niños se sientan amados y seguros, sin importar las circunstancias familiares.
  • Compartir responsabilidades equitativamente: ambos padres tienen el deber de estar presentes en la vida de sus hijos, tanto física como emocionalmente, reflejando el ideal de unidad y cooperación.
  • Guiar espiritualmente a los hijos: criar a los hijos en la fe y enseñarles valores cristianos sigue siendo una responsabilidad compartida.

Perspectiva woke progre contra la infancia en las leyes feministas

  La sociedad española adolece en la actualidad de unas leyes, políticas públicas y jurisprudencias mayores y menores que protejan a la infancia y a la adolescencia, en su indemnidad e inocencia.

Son adoctrinados por una educación que prefiere inculcar valores y conocimientos ideológicos, como las asignaturas con perspectiva de género, tildando a los padres, progenitores o tutores como maltratadores por el simple hecho de la asignación al nacimiento de un sexo por el Estado español, que confiere cero derechos en cuanto a igualdad y presunción de inocencia se refieren.

Instrumentos internacionales como la Agenda 2030 refuerzan este escenario en el ámbito interno del país. Políticos y mandatarios que asignan partidas presupuestarias de organismos internacionales como ONU Mujer, Unión Europea, en aplicación del Objetivo de Desarrollo Sostenible 5.

La repercusión en la ciudadanía y en las familias ocasiona, de forma cualitativa, daños a la salud de las personas, definida por la Organización Mundial de la Salud como «un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades», de los que existen investigaciones como la de la doctora HUFFER, Karin, en su obra «Legal Abuse Syndrome. 8 pasos para superar el estrés traumático causado por el sistema judicial».

HUFFER decida a «todos los juristas, jueces, y burócratas que no abusan de sus posiciones, quienes cuidan con sensibilidad a quienes sirven, y quienes se dedican con coraje sin importar el presupuesto, el hostigamiento o la intimidación. A las víctimas del síndrome de abuso legal quienes creen en mí, comparten y han inspirado este trabajo».

Respecto del ámbito cuantitativo, los propios datos del Consejo General del Poder Judicial español reconocen que de media se interponen unas 120 mil denuncias por presunta violencia de género anuales desde el año 2004, fecha de aprobación de la Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género (solo sobre la mujer), lo que viene a representar una cifra total de más de 2 millones de hombres denunciados y que, tras la finalización de procesos penales, son absueltos de sus cargos.
La individualidad de la persona es el último eslabón de la acción estatal e internacional en cuanto a la aplicación de la norma y del poder coercitivo de las leyes de protección a la mujer, según la interpretación y criterio, desde el ODS 5, pasando por el Convenio de Estambul, hasta los hipotéticos y eventuales Protocolos etéreos de violencia de género en las Comisarías de Policía y los Cuarteles de la Guardia Civil que aplican los funcionarios como simples números sin ética ni moral en oposición a las vulneraciones y atentados contra los derechos humanos a la presunción de inocencia y de igualdad.
¿Cómo va tu caso? Cuéntanoslo en los comentarios. Del nuestro, puedo informar que han roto a la infancia de dos menores de edad, quienes, la mayor de las niñas, cumple hoy doce años de edad, mientras que la pequeña tiene diez añitos.
Ambas se vieron involucradas en una Justica española que vive tiempos de pena, enalteciendo la simple palabra de una mujer, que siempre va a sentar ex catedra, humillando a la existencia y dignidad de una persona que tuvo el infortunio (en esta perspectiva de engrandecimiento feminista), de haber nacido con sexo hombre, simple y llanamente, entendido como una persona con pene.
Unos procedimientos judiciales civiles y penales, tediosos y pétreos que dañar a nuestros hijos e hijas, en múltiples ámbitos: físico, psíquico, moral, afectivo, cognitivo, social…
A ellos. A los más inocentes. A los más indemnes y carentes de maldad va dedicada esta publicación.
Feliz cumpleaños. Tu papi te quiere. Tus abuelos, tías y prima os echamos de menos.
               
Como apreciamos: 
  • denuncia desde el 6 de julio de 2017
  • medidas cautelares de entregas y recogidas en un Punto de Encuentro Familiar fines de semanas alternos y tardes de los miércoles (es lo más habitual)
  • sentencia sobre régimen de custodia y alimentos el 20 de diciembre de 2019 con imposición de visitas tuteladas en el interior del PEF solo los sábados durante una hora en presencia continua del personal
  • sentencia de 5 de septiembre de 2022 del Juzgado de lo Penal 5, absolviendo de la acusación de violencia de género (un proceso penal que dura 5 años y 2 meses)
A todo esto debemos añadir los constantes incumplimientos de autos y sentencias por parte de la progenitora al no realizar las entregas de las menores, de las que, hemos puesto en conocimiento de la autoridad judicial hasta la saciedad, significando que desde el mes de octubre de 2021, fue la última vez que tuvimos contacto con nuestras dos hijas y nietas. Desde entonces, no tenemos ninguna posibilidad de contactar, ni instrumento judicial para que se ejecuten las propias sentencias, una total inacción y pasividad por parte de una Justicia, que al albergue de lo narrado, demuestra su hembrismo, pareciendo amparar slogans como ¡Los hijos son de las madres!, Madres protectoras, madres coraje. 
¿Entonces? Si los padres no tenemos ningún derecho y posibilidad de acudir a una Justicia justa… ¿por qué nos imponen la patria potestad? Que las leyes feministas sean claras y nos ahorramos el pago de las pensiones y que corra a cargo de ellas el Estado español, recordando las palabras de Carmen Calvo: «los hijos son del Estado» (Made in PSOE).
✌🏻☮ Paz y amor.

No hay grandes problemas, solo pequeñas personas

 La vida que elegimos, con el paso de los años y las personas que tratan de reinterpretar sus recuerdos, alterando la realidad de las cosas.

Lo que aparenta ser una vivencia junto a alguien o algunos en un momento dado, brindando por los intereses fundados en la maldad intrínseca del ser humano, tal y como relatan los filósofos como Hobbes en su aforismo «el hombre es lobo para el hombre», o si preferimos, dejando atrás al patriarcado, «la mujer es lobo para el hombre», más acorde con estos tiempos de la mano de las políticas públicas sobre igualdad o la propia Ley de protección integral contra la violencia de género.

Con esta nebulosa histórica, lo que un día es una idílica relación de pareja, ora se intenta crear un escenario de víctimas y verdugos, y lo que se consigue con este respaldo estatal, es hacer el día a día y un mundo muy duro.

Año 2008 D.C.
Puedes estar bebiendo un rico mojito en pajita con el zapato de la paz. Si tienes la suerte universal de nacer mujer, cuando te interesa, lanzar el zapato a la cabeza, por la vil cara.
– ¿Qué te parece si vamos a cenar esta noche al japonés? – preguntaba ella.
– Guay. Vamos.
Esa noche de verano, entre broma y broma, risas y risas, nos hicimos unas fotos imitando a las reseñas de los delincuentes, muy habituales y de las que contribuí al sistema durante muchos años, nutriendo de materia prima, y tomando huellas digitales.
El infortunio, unido a una legislación que vulnera los Derechos humanos de 1948, como la presunción de inocencia y a un proceso con todas las garantías, de las personas a las que el Estado etiqueta en el nacimiento como hombre, y que posterior a su alumbramiento, patologiza a la hora de elegir libremente tu propia identidad sexual o género, me llevó a que la broma se hizo realidad por una denuncia falsa, y reafirmo «FALSA» por quebrantamiento de medida cautelar, al que al día siguiente, el juez acordó mi inmediata puesta en libertad y archivo de la causa, que ha devenido firme, con el tiempo.
No vamos. No voy a parar hasta que las personas que se aprovechan injustamente de las herramientas leoninas de la actual ley de violencia de género, en perjuicio de las verdaderas víctimas, reciban la misma Justicia de la que tiene prevista el delito de denuncia falsa y simulación de delito, estafas procesales, y siempre, presuntamente hasta que se pruebe su culpabilidad.
Sin rencor. Todo el mal está perdonado. Las pobres almas en desgracia bastante tienen con su existencia, con la esperanza de que algún día, más pronto que lejano, alberguen el descubrimiento del amor, de la positividad y de la humanidad.
Corazonadas y azar del destino, que curiosidad que, precisamente la braga tanga que llevo puesta en el año 2008, propiedad de mi pareja por aquel entonces, que feminiza mi cuerpo,  y como pudieran ser las que llevo actualmente como mujer, se me reprocha reiteradamente en actos y vistas judiciales, atentando gravemente a mi dignidad como persona.
Es un hecho del que es totalmente conocedora la persona que se dedica a presentarme denuncias por presunta violencia de género, y que precisamente, no lo pasaba tan mal cuando jugábamos con nuestros cuerpos, con nuestra corporeidad, o sencillamente, sexualidad. Sororidad entre hermanas.
Pero claro, desde el año 2016 y hasta ahora, interesa más el rol de víctima (presunta) y las ventajas de una ley que fomenta de media anual 120 MIL denuncias falsas, archivadas y sobreseídas.
Como veedor de la libertad, la igualdad y la dignidad de la persona, obro día a día sin miedo a una sexualidad libre, a que cada persona decida sobre su propia identidad sexual o género, y que no interfieran los poderes del Estado en la estricta privacidad de las personas, LIVG o leyes LGTB, al respecto.
Siendo mujer. Afirmo que las mujeres tienen pene, y los hombres tienen vagina. Y quienes me conocen suelen afirmar: «tienes más cojones que un toro», tanto en genitalidad, como en voluntad.
¡Hágase Justicia! Paz y amor…

La discriminación de los menores víctimas de delitos

    Nuevamente amanecemos con una más de las muestras públicas de supremacismo feminista auspicicado por la Ministra de Igualdad Irene Montero, en concreto, y por el Gobierno central.



La psicóloga clínica y forense Sonia Vaccaro acuñó el término en 2012 referido solo a los casos de violencia machista. Lo define así: “Es aquella violencia contra la mujer que ejerce el hombre violento utilizando como objetos a las hijas o hijos, para dañarla”. Lorente añade: “El daño se ejerce a través de personas que tienen un significado especial para la mujer. Pueden ser los padres, los amigos, pero a menudo son los hijos”.

Desde el enfoque de #perspectivadeinfancia, con este término se vulneran los derechos de la infancia previstos en la Ley 4/2015, de 27 de abril, sobre el Estatuto de la Víctima del delito que dice:

«Toda víctima tiene derecho a la protección, información, apoyo, asistencia y atención, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades o funcionarios, durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas y de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un período de tiempo adecuado después de su conclusión, con independencia de que se conozca o no la identidad del infractor y del resultado del proceso».

Pero nuestra ministra se olvida, o más bien, con intereses viles y unidireccionales que anulan a la población con identidad sexual hombre, manipula una realidad y emplea técnicas de comunicación de masas con fines propagandísticos y de ingeniería social, de cara a continuar reforzando un gobierno y sociedad, donde las personas mujeres, tienen infinidad de derechos que superan a la otra mitad de la población, gracias a una hiperdiscriminación positiva de las mismas.


Así que, estamos comprobando cómo el propio Gobierno no se automotiva e infringe la prohibición de discriminación prevista en el Estatuto de la Víctima de delitos, donde, evidentemente, no recoge a víctimas de primera, segunda o tercera categoría (todas las víctimas son iguales en derechos).

Este tipos de hechos ya se venían dando en igual medida en la sociedad estadounidense de las décadas de los 60 y 70, donde la propia ley preveía situaciones discriminatorias, totalmente legales, pero injustas y vulneradoras de los derechos humanos de la Declaración internacional de la ONU, al crear, estatus jurídicos diferentes para personas de orígenes étnicos distintos: esto es afroamericanos frente al hombre blanco. 👉 Sociedad norteamericana.

En igual sentido, ocurre con la negación de la instrumentalización o alienación infantil que se prevé en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia contra la violencia, que como bien reseña la ministra podemita: «todos los derechos de la infancia… estén garantizados».



«Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración».

 

En conclusión, en España se vulneran los derechos humanos y la Convención de los Derechos del Niño de 1989, en en sentido apuntado en su artículo 2:

«1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción
alguna
, independientemente de la raza, el color, el sexo,
el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.

 


2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido
contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o
de sus familiares».


Porque no son iguales los derechos de un menor de edad al amparo de un progenitor «madre», respecto del otro progenitor «padre» dentro de una relación de pareja o expareja heterosexual.

Vivimos en una dictadura disfrazada de democracia.  ¡Paz y amor! ✌💓




La perspectiva de género y la Ley Trans

 La perspectiva de género exige como presupuesto dos negaciones:

  • No existe la naturaleza humana
  • Los aspectos biológicos del sexo no pueden condicionar al ser humano
Partiendo de estos dos postulados básicos del concepto de perspectiva de género, ¿ cómo es posible que la ley que protege a las personas con identidad sexual de mujer cree una diferenciación basada estrictamente en aspectos biológicos del sexo?
La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de
la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre
las mujeres
, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o
de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun
sin convivencia. 

 

Esto nos lleva a considerar la importancia del azaroso instante de la fecundación del óvulo, y de los designios de la procreación con el resultado XX o XY, con criterios estrictamente biológicos, y la posterior inscripción del nacimiento en el Registro Civil.

Porque una vez que la persona llega a la edad adulta comporta el riesgo de engrosar el largo listado de hombres afectados por unas 120 mil denuncias anuales archivadas, sobreseídas y falsas por presuntos delitos contra la violencia de género (violencia sobre la mujer), no solo toleradas, sino que son fomentadas por el Estado a través de sus legislaciones, políticas públicas y subvenciones en esta materia, afectando al derecho humano a la presunción de inocencia, al verse invertida la carga de la prueba. 
Esto es, que si una mujer, simplemente con una declaración ante la policía o los servicios sociales, manifiesta que ha sufrido violencia de cualquier tipo por su pareja o expareja hombre, se le presume la presunción de culpabilidad al hombre.
Recordemos. El concepto de género:
  • No tiene ninguna relación con el sexo
  • Es una construcción cultural-social, y de la razón humana
  • Esa construcción no tiene límites de ningún tipo, es decir, se realiza con autonomía absoluta
  • El género es tan decisivo que «crea» la propia «naturaleza» de todo individuo humano
Estos cuatro puntos lo resumimos en el concepto de «libre autodeterminación de género o identidad sexual» que recoge expresamente la Ley Trans que se tramita como anteproyecto de ley en estos momentos.
El derecho al cambio registral de la mención al sexo se incluye en el principio de libre desarrollo de la personalidad previsto en el artículo 10.1 de la Constitución española.
Como objetivo de esta ley, los derechos de las personas LGTBI erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en el Estado español se pueda vivir la diversidad afectiva, sexual y familiar con plena libertad (de las que por cierto, el Gobierno podría tener el mismo rigor en la protección de personas con identidad sexual hombre).

La igualdad y no discriminación es un principio jurídico universal proclamado en los textos internacionales sobre derechos humanos, así, en el artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos humanos declara que toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esa Declaración sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Al respecto, el Tribunal Constitucional en su STC 99/2019, de 18 de julio, establece que «con ello está permitiendo  a la persona adoptar decisiones con eficacia jurídica sobre su identidad. La propia identidad, dentro de la cual se inscriben aspectos como el nombre y el sexo, es una cualidad principal de la persona humana. Establecer la propia identidad no es un acto más de la persona, sino una decisión vital, en el sentido que coloca al sujeto en posición de poder desenvolver su propia personalidad».
Ser libertario frente a un Estado intervencionista en políticas de igualdad y género.
Así que, en cuanto se encuentre aprobada plenamente la Ley Trans, los ciudadanos podremos hacer frente a estas políticas especialmente agresivas hacia la libertad y la igualdad de las personas, con al autodeterminación de género e identidad sexual con sus propios argumentos, pero desde una perspectiva libertaria y no invasiva de los tentáculos del estado en la privacidad personales o familiares.
¡Paz y amor! ✌💗

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